de la Cofradía de la Flagelación del Señor de Soria

I.-   De los Pasos e imágenes de la Cofradía.

Art. 1

  1. a) La Cofradía es dueña del Paso llamado de la Flagelación, compuesto por tres figuras representativas de tal momento de la Pasión construidas en pasta madera. En primer término aparece Jesucristo atado a la columna, en segundo lugar el personaje que empuña el látigo en acción de azotar y más al fondo un soldado romano.
  1. b) También pertenece a la Cofradía la carroza tallada en madera sobre la que van colocadas estas imágenes.

Art. 2.

 Siendo la advocación de la Cofradía “La Flagelación del Señor” la hermandad deberá contar siempre, al menos, con un Paso procesional que represente dicho Pasaje. En caso de no poder contar con el de su propiedad descrito anteriormente podrá adquirir otro o solicitar su cesión a la Iglesia o a otra Cofradía.

Art. 3.

Asimismo la Cofradía podrá incluir en sus procesiones y demás actos otras imágenes o Pasos siempre de significado religioso y relacionados con la Flagelación del Señor.

Art. 4.

Si en alguna ocasión por los motivos que fueren la Cofradía no dispusiera de ningún Paso o imagen de las descritas se suspenderían las procesiones.

II.- De las Procesiones, Actos y actividades.

Art.- 5.

En cumplimiento de sus fines la Cofradía realizará anualmente por lo menos dos salidas procesionales:

– El día de MARTES SANTO en la que se trasladarán el Paso y demás imágenes que formen la procesión a la Concatedral de San Pedro.

– El VIERNES SANTO consistirá en la participación en la Procesión General del Santo       Entierro.           

Si bien el horario y día quedarán supeditados a las posibles variaciones que acuerde la Junta de Cofradías. De la misma forma la salida, puesto y orden en la procesión General del Santo Entierro que organiza dicha Cofradía se someterá a lo por ella dispuesto.

Art.- 6.

En las procesiones abrirá el cortejo el guión y a continuación se dispondrá el resto de la Cofradía en la distribución que se crea más adecuada.

En la parte final de la procesión figurará el Paso titular de la Cofradía o imagen que lo sustituya. Tras él desfilará el Hermano Mayor o cofrade designado por éste.

Art.- 7.

 En las procesiones, los hermanos guardarán una distancia de dos metros con el inmediato anterior. No hablarán, salvo para dar instrucciones o avisos necesarios para el desarrollo de la procesión.

Art.- 8.

Las procesiones estarán coordinadas por uno o varios hermanos Cetro que se distinguirán por portar un báculo diferenciado. Los cofrades deberán estar atentos a las indicaciones de los Cetros.

Art.- 9.

Además de las órdenes generales de los hermanos Cetro, los Pasos o imágenes desfilarán en la procesión bajo la dirección del Cabecero o cofrade por él designado. Si hubiera imágenes llevadas a hombros dicho hermano será el encargado de la organización de los alzadores tanto en las procesiones como fuera de ellas.

Art.- 10.

La Cofradía participará en las misas de Domingo de Ramos y la de “in coena Domini” de Jueves Santo que se celebren en la iglesia de Nuestra Señora del Espino, iniciándose a partir del final de esta última los turnos de vela ante el Monumento en los horarios que se establezcan.

Art.- 11.

La Cofradía aplicará anualmente una Misa por el alma de sus difuntos.

Art.- 12.

 La Cofradía podrá realizar además otras procesiones, actos o actividades tanto internas como externas acordes a sus fines.

Art.- 13.

El hábito de los cofrades estará constituido por una túnica de color blanco recorrida por el centro de la parte delantera y verticalmente por botones rojos; capa roja; un cíngulo rojo terminado en dos borlas colgando por la parte delantera izquierda y capuchón blanco que colgará hasta el pecho y espalda rematado en forma redondeada. En la parte delantera del capuchón se llevará el emblema de la Cofradía bordado sobre tela roja en forma de rombo vertical. Completa el hábito guantes de color blanco y el calzado que será zapato o bota de color oscuro.

Art.- 14.

Para las procesiones cada hermano preparará su hábito cerciorándose de que está completo y perfectamente limpio y planchado. Asistirá a los actos en los que se use hábito con calzado no deportivo y de color oscuro.

Art.- 15.

Se adopta como emblema de la Cofradía un escudo que recoge signos de la Flagelación, formado por una columna cortada a media altura y cruzada por el látigo y unas cuerdas entrelazadas todo ello encuadrado en un rombo en posición vertical bordeado por un cordón amarillo con lazos en las cuatro puntas.

Art.- 16.

El guión de la Cofradía será un estandarte granate en el que figure el emblema de la hermandad. Abrirá las procesiones y otros actos en los que se utilice como símbolo de la Cofradía.

III.- De la banda de cornetas y tambores

Art.- 17.

 La Cofradía procurará tener una banda propia de cornetas y tambores que marcará la marcha y ritmo de las procesiones.

Art.- 18.

La banda contará con un Jefe o encargado único, si bien podrá haber además un responsable de cornetas y otro de tambores, que tendrán autoridad para distribuir instrumentos y ordenar los grupos. El Jefe de la banda se encargará del control de los instrumentos, galas y demás utensilios.

Art.- 19.

 Los ensayos se realizarán en los días y horarios que establezca el Jefe de la Banda de acuerdo con los responsables de cornetas y tambores, si los hubiere.

Igualmente, y de la misma forma, podrán establecerse normas y usos para el funcionamiento de dicha banda.

Art.- 20.

El Jefe de la Banda previa consulta con los encargados respectivos será quien decida sobre la admisión o expulsión de sus miembros. En este último caso tendrá que haber causa justificada y el interesado podrá recurrir ante la Junta de Gobierno.

Art.- 21.

La música interpretada por la banda habrá de tener siempre carácter religioso o acorde con un desfile procesional. La Junta de Gobierno podrá impedir que una música sea interpretada en las procesiones o demás actos de la Cofradía si no la considera adecuada para los mismos.

IV.- De los Vocales

Art.- 22.

Los vocales que componen la Junta de Gobierno realizarán las gestiones y se ocuparán de las funciones que les sean asignadas.

Art.- 23.

En concreto se nombrarán al menos vocales con los siguientes cometidos:

          VOCAL DE VESTUARIO: Que se encargará del reparto y control de los hábitos propiedad de la Cofradía así como de las relaciones con los suministradores de las telas y demás complementos del hábito.

           VOCAL DE ATRIBUTOS: Encargado de custodiar los enseres y objetos propiedad de la Cofradía procurando su conservación adecuada y su disposición para las procesiones y demás actos de la hermandad, realizando el reparto y asignación de los mismos así como su recogida.

            VOCAL DE BANDA: Si no ocupa otro cargo en la Junta el Jefe de la Banda de cornetas y tambores formará parte de la Junta de Gobierno con las funciones y cometidos expresados en el título III de este Reglamento.

            VOCAL AYUDANTE DEL CABECERO: Colaborará con el Cabecero en todas las tareas de su cargo.

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